
Imagen: Extranjeristas en Red
El nuevo Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 4/2000 de 11 de enero, cuyo
borrador fue publicado por el Ministerio de Migraciones poco antes del mes de agosto, y abierto a enmiendas hasta el próximo día 10 de septiembre, ha sido analizado por los mejores expertos de la materia en España habiendo detectado más de 100 errores, lagunas, fallos, aspectos mejorables, y algunos elementos francamente rechazables, contra los que se ha interpuesto enmiendas al borrador con sus propuestas de mejora y reivindicaciones.
En este documento confluyen los esfuerzos de colaboración con el gobierno en esta
materia de buena parte de la sociedad civil, a través del esfuerzo de sus abogados,
organizados en torno a la asociación Extranjeristas en Red.
El documento reconoce novedades saludadas y aplaudidas — como reducir el tiempo necesario para el arraigo a dos años, o explicitar algunas de las garantías del procedimiento administrativo que se estaban incumpliendo sistemáticamente, como el
trámite de audiencia.
La filosofía básica es que si el derecho de extranjería es considerado como “especial”
sólo se justifica si es para aumentar las garantías de un colectivo más vulnerable,
nunca para eliminarlas o reducirlas en prevención de posibles abusos y fraudes, lo que
suelen denotar más la xenofobia encubierta que la realidad.
Hay tres aspectos, sin embargo, en los que la enmienda de los autores del documento
es de fondo y que rebaten. En primer lugar, el retroceso en el reconocimiento de un derecho que es de ciudadanos españoles, tan elemental y hoy reconocido ya como el de poder documentar a sus padres y progenitores. El borrador lo reserva sólo para aquellos casos que demuestren que están “a su cargo”, es decir, que dependen en exclusiva de ellos, lo que impedirá en la mayoría de casos el ejercicio efectivo de un derecho que, insistimos, lo es de ciudadanos españoles.
En segundo lugar, una fórmula alambicada como “comprobar si se trata de una persona que constituya una amenaza para el orden público, la seguridad nacional o la salud pública”, valorando el informe policial correspondiente, es algo que los
Tribunales llevan muchísimo tiempo rebatiendo por ocultar en muchas ocasiones un incumplimiento del derecho a la presunción de inocencia de los extranjeros.
Y, en tercer lugar, la eliminación de trabas burocráticas que se anunció como intención se ha quedado en poco, y debería haber sido mucho mayor, en aras y beneficio de todos, comenzando por la propia Administración.
El peor temor ahora mismo no es tanto las diferencias de valoración política,
cuanto que la premura que quiere imprimir el Ministerio al necesario debate,
impida siquiera una lectura sosegada de las propuestas presentadas, y que sean
rechazadas sin su oportuno y preceptivo estudio. Estas aportaciones merecen una
oportunidad.
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