
Francisco Reynés, presidente ejecutivo de Naturgy
NATURGY
Actuar con independencia y ser neutral ante cualquier oferta que pueda presentar Taqa en su oferta pública de adquisición (OPA) sobre Naturgy ha sido la razón principal por la que el presidente de la energética española, Francisco Reynés, ha optado por renunciar a su suculento bonus.
A última hora del lunes, Reynés informó a la Comisión Nacional del Mercado de Valores la renuncia a su bonus, una decisión que previamente había obtenido el visto bueno del consejo de administración de Naturtgy.
La justificación dada a la CNMV era que Reynés renunciaba a su bonus para «seguir defendiendo el interés de la compañía y de todos los accionistas, evitando cualquier posible conflicto de interés ligado al resultado de cualquier potencial oferta”. Con ello, el presidente de Naturgy regresa al esquema de remuneración inicial previsto en su contrato de febrero de 2018.
Esta decisión supone que Reynés no participará de los beneficios económicos de cualquier posible liquidación por causa de cualquier potencial oferta.
Ganó 5,46 millones en 2023
Francisco Reynés ganó 5,46 millones de euros en 2023, según consta en la memoria de Naturgy entregada a la CNMV. Dicha cantidad era un 6,61% inferior a la retribución percibida un año antes. Desglosados esos 5,46 millones, 2,25 millones fueron como retribución en metálico, mientras 3,05 millones se correspondieron a remuneración por diferentes sistemas de ahorro. A ello se suman 154.000 euros por «otros conceptos».
De acuerdo con el informe anual de remuneraciones de Naturgy, Reynés cuenta con una remuneración variable plurianual a través del denominado ‘incentivo a largo plazo’ (ILP), un incentivo en el que también participan otros 28 directivos de la empresa. Dicho ILP se encuentra incluso en el Plan Estratégico de la compañía 2021-2025, tras haber sido aprobado en 2018 por el consejo de administración y en 2019 por la junta general de accionistas.
El mecanismo del ILP se materializa a través de la compra de un paquete de acciones de Naturgy por una sociedad participada al 100% por la empresa, que puede generar un excedente. Ese excedente es el incentivo en cuestión que se repartirá entre los partícipes del mismo, es decir, Reynés y los 28 directivos.
Para poder percibirlo se deben cumplir una serie de condiciones. Dicho excedente se puede cobrar cuando la se supera el umbral mínimo de rentabilidad de las acciones prefijado, que es de 19,15 euros por título en el momento de vencimiento del ILP, asumiendo que se reparten todos los dividendos previstos en el plan estratégico. Por tanto, si el valor de la acción no alcanza los 19,15 euros, el incentivo sería «cero». Como la acción de Naturgy ha cerrado este mismo lunes en 23,30 euros, todos los que pueden recibir este incentivo o bonus podrían cobrarlo. Y, por tanto, este sería el bonus al que renuncia Reynés.
El ILP incluye también una cláusula de ‘claw back’ (recuperar las remuneraciones ya satisfechas) durante los 18 meses siguientes a la percepción del mismo en caso de modificación relevante de las cuentas anuales de la empresa que afectara de manera significativa a la cotización.
Asimismo, y conforme establece el reglamento interno que regula el ILP, este mecanismo retributivo lleva aparejada una recomendación para sus beneficios en virtud de la cual, al final del periodo de vigencia de estos deberán haber adquirido o en su caso, deberán mantener un paquete de acciones de Naturgy cuyo valor alcance, al menos, la mitad de la retribución fija anual.
Si Reynés abandonara la compañía antes de finalizar el plan, perderá los derechos en casos de cese voluntario de sus funciones o por «incumplimiento grave». Por el contrario, los mantendrá en caso de jubilación, incapacidad, fallecimiento, o cese no imputable a él, si bien en caso de mantenerlos, solo tendrá derecho al incentivo que finalmente resulte en la parte proporcional de su tiempo de permanencia respecto a la duración del plan. En caso de abandono por mutuo acuerdo, se estará a lo pactado.
El contrato de Reynés también establece una indemnización por cese o por no renovación del cargo de consejero por un importe de dos anualidades del conjunto de: retribución dineraria fija total anual, la retribución variable anual y en atención al concepto de variable plurianual, un importe a tanto alzado equivalente al 1,25 de la retribución dineraria fija total anual.
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