El Comité Ejecutivo de la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) ha acordado incoar expediente sancionador al Deutsche Bank por el servicio de asesoramiento prestado a clientes españoles relacionado con instrumentos financieros derivados sobre divisas de elevada complejidad y riesgo -en particular los denominados Target Profit Forwards y Pivot TPF-, ya que esa conducta puede
ser constitutiva de:
- Una infracción muy grave por el incumplimiento, no meramente ocasional o aislado, de la obligación de diligencia y transparencia en relación con los deberes de información a los clientes en el período comprendido entre el 1 de enero de 2018 y el 31 de marzo de 2021.
– Una infracción muy grave por el incumplimiento, no meramente ocasional o aislado, de la obligación de diligencia y transparencia y de actuación en el mejor interés de sus clientes, en el período comprendido entre el 1 de octubre de 2018 y el 31 de marzo de 2021.
La CNMV no prejuzga el resultado final del expediente sancionador, y recuerda que «la entidad expedientada cuenta con todos los medios que el ordenamiento jurídico le confiere para la defensa de sus derechos», además de que se abre sobre hechos que también determinaron investigaciones internas llevadas a cabo por el Grupo Deutsche Bank.
En el ámbito de la comercialización de derivados OTC estructurados sobre divisa, en particular a clientes españoles se han detectado posibles incumplimientos de la normativa aplicable.
«Es especialmente importante recordar que las entidades que comercialicen o asesoren sobre instrumentos financieros, deben informar de manera equilibrada, clara, imparcial y no engañosa a los inversores sobre las características, funcionamiento, riesgos y costes asociados a dichos productos, especialmente cuando son altamente complejos; y deben actuar siempre en el mejor interés de los clientes, asesorando sobre productos que se adecúen a sus necesidades y objetivos de inversión y, especialmente, a su perfil de riesgo».
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