Bruselas autoriza las ayudas a Telecom Castilla La Mancha pese a reconocer que son ilegales

25/11/2023

Miguel Ángel Valero. La Comisión concluye que la Junta autonómica ha aplicado ilegalmente la medida a pesar de que se han cumplido los requisitos. //  Decisión (UE) 2023/2524

El Diario Oficial de la Unión Europea (DOUE) del 24 de noviembre publica la Decisión (UE) 2023/2524 de la Comisión, de 10 de agosto de 2023, relativa a la ayuda estatal SA.34001 (2017/C) concedida por el Reino de España a Telecom Castilla La Mancha SA [notificada con el número C(2023) 5414].

En diciembre de 2011, la Comisión recibió una denuncia según la cual el Gobierno de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha concedió una ayuda estatal a Telecom Castilla La Mancha, un operador de comunicaciones electrónicas con actividad en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, mediante la adjudicación de un contrato para la construcción y explotación de una red inalámbrica de banda ancha básica.

El 16 de enero de 2012, la Comisión pidió al Reino de España que formulara observaciones sobre esa denuncia. El Reino de España envió información a la Comisión el 12 de marzo de 2012. Hubo otras preguntas y sus respectivas respuestas entre el 21 de junio de 2012 y el 3 de febrero de 2017.

Por carta de 19 de julio de 2017, la Comisión notificó al Reino de España su decisión de incoar el procedimiento previsto en el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE). La Decisión de incoación se publicó en el DOUE, y la Comisión invitó a los interesados a presentar sus observaciones sobre la ayuda en cuestión.

El Reino de España presentó sus observaciones sobre la Decisión de incoación mediante carta de 22 de septiembre de 2017. La Comisión recibió observaciones de una parte interesada, Telecom CLM, el 6 de noviembre de 2017. Más preguntas y respuestas entre el 21 de diciembre de 2018 y el 11 de febrero de 2019.

Baja penetración de la banda ancha

Castilla-La Mancha se caracterizaba por una tasa de penetración de la infraestructura de banda ancha (tanto fija como móvil) por habitante considerablemente inferior a la media española,  excepción de las ciudades de Toledo, Ciudad Real, Albacete, Cuenca y Guadalajara.

La Junta autonómica consideraba prioritario garantizar una cobertura de banda ancha básica para todas las zonas habitadas en las que no existía infraestructura de banda ancha o era improbable que ésta se desarrollara a corto plazo. Un operador (designado en virtud de un procedimiento de licitación abierta) desarrollaría una red de banda ancha básica y la explotaría a lo largo de todo el proyecto, mientras que la Junta adquiriría la propiedad de la red. El Gobierno autonómico no percibiría ingresos procedentes de la explotación de la red, pero tampoco asumiría coste alguno.

El 13 de mayo de 2010, la JCCM organizó un procedimiento de licitación abierta y publicó una convocatoria de invitación a presentar ofertas para el suministro de una red de banda ancha básica, incluido el desarrollo y la explotación de la infraestructura necesaria en 461 zonas, núcleos de población rurales de municipios con una población media de 35 habitantes. Por tanto, el proyecto abarcaba a una población total de alrededor de 16 000 habitantes.

La Junta recibió cinco ofertas. Dos ofertas, de Telecom CLM y Telefónica España cumplían todos los requisitos técnicos y se examinaron en el proceso de selección.
El 17 de agosto de 2010, adjudicó el contrato a Telecom CLM por 15,85 millones€ El 13 de septiembre de 2010, la JCCM y Telecom CLM firmaron el contrato. Telecom CLM empezó a explotar la red el 19 de septiembre de 2012, y recibió el dinero en cinco tramos entre el 20 de abril de 2012 y el 26 de noviembre de 2012.

En dos ocasiones (28 de abril de 2016 y 4 de mayo de 2018) Telecom CLM mejoró voluntariamente el rendimiento de la red de banda ancha básica que había suministrado en virtud del contrato. Éste tenía una duración de cinco años, con una opción de renovación de dos años, durante los que la explotación de la red debía ser garantizada por el adjudicatario. El contrato se renovó dos veces, primero en 2017 por un año, hasta septiembre de 2018, y después en 2018, hasta septiembre de 2019.

Telecom CLM es una empresa privada con sede en Toledo (España), dedicada a la prestación de servicios de comunicaciones electrónicas (televisión, radio y banda ancha). Está controlada por Equitix Investment Management Limited, una empresa de inversión. La Junta posee aproximadamente el 45 % de las acciones de Telecom CLM.

En 2008, Telecom CLM era la propietaria de 138 centros de televisión analógica terrestre que formaban parte de la red de televisión terrestre de Castilla-La Mancha. En el marco de la transición a la TDT, durante 2008-2009, Telecom CLM recibió ayuda pública por valor de

  • i) 13,2 millones EUR para digitalizar sus propios centros emisores a través de la instalación de equipos de TDT;
  • ii) 6,4 millones EUR para explotar y mantener la red de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha,
  • y iii) 2,26 millones EUR para construir veinte centros emisores de TDT nuevos

El 1 de octubre de 2014, la Comisión adoptó la Decisión C(2014)6846 final en la que concluía que esta ayuda pública recibida por Telecom CLM constituía ayuda estatal incompatible con el mercado interior y ordenó la devolución. En 2018, varias sentencias del Tribunal de Justicia de la UE confirmó la Decisión. El 18 de agosto de 2022, Telecom CLM había devuelto todo el principal de la ayuda y los intereses.

Investigación de la CMT

El 20 de diciembre de 2010, la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones (CMT) de España inició de oficio un procedimiento administrativo para examinar las condiciones para la explotación de la red de banda ancha básica acordadas entre la Junta de Comunidades de Castilla La Mancha y Telecom CLM en el contrato firmado el 13 de septiembre de 2010, así como los posibles efectos contrarios a la competencia derivados de este.

La CMT concluyó en su decisión de 23 de junio de 2011 que el precio del servicio mayorista de acceso indirecto ofrecido por Telecom CLM a terceros había sido demasiado elevado y, de hecho, demasiado próximo al precio minorista del mercado por servicios de banda ancha básica en la comunidad autónoma. Y ordenó rebajar el precio.

Denuncia de Difusión Herciana SL

La empresa denunciante, Difusión Herciana S.L., es una empresa privada que presta asistencia para servicios de radiodifusión y televisión radicada en Madrid. Alegó que la adjudicación del contrato a Telecom CLM constituía una ayuda estatal incompatible; que el procedimiento de licitación no había garantizado la selección de la oferta económicamente más ventajosa y que la intervención de la Junta no se había validado de manera suficiente a través de una consulta pública y un ejercicio de situación apropiados; que el proyecto no había sido tecnológicamente neutro, porque había previsto el uso de la infraestructura de TDT existente; y que los precios de acceso mayorista de Telecom CLM para la red de banda ancha básica establecida habían sido contrarios a la competencia.

En la Decisión de incoación, la Comisión consideró que la adjudicación del contrato a Telecom CLM había constituido ayuda estatal, concedida infringiendo las obligaciones de notificación y de suspensión.

El Reino de España presentó observaciones de la Junta autonómica, alegando, en primer lugar, que no se había conferido ninguna ventaja económica a Telecom CLM y, en segundo lugar, que, de considerarse no obstante que se había concedido una ayuda estatal, la ayuda era compatible con el mercado interior, ya que era conforme con las Directrices sobre banda ancha de 2009.

Finalmente, Bruselas toma una decisión. La Comisión concluye que el Reino de España ha aplicado ilegalmente la medida en favor de Telecom CLM. Sin embargo, el procedimiento de investigación formal ha despejado las dudas expresadas en la Decisión de incoación de 19 de julio de 2017 en relación con la compatibilidad de la ayuda y ha constatado que se han cumplido los requisitos establecidos en las Directrices sobre banda ancha de 2009. La adjudicación del contrato a Telecom CLM en agosto de 2010, en su versión modificada, fue, por tanto, compatible con el mercado interior.

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