El Gobierno y los agentes sociales siguen negociando cambios en el sistema de tributación de los autónomos. El principal – el IVA franquiciado – supondrá la desaparición de la obligación de facturar este impuesto para aquellos autónomos que facturen menos de 85.000 euros anuales. Sin embargo, estos profesionales podrán seguir deduciéndose las compras afectas a su actividad, a través el Impuesto sobre la Renta, según UPTA, una de las organizaciones que participa en la negociación.
La noticia no es definitiva. Pero da cuenta de los términos principales de la negociación que se viene desarrollando desde hace nueve meses entre el Gobierno y las principales organizaciones patronales, sindicales y de autónomos, entre ellas, UPTA.
Según esta última organización, la reforma del IVA supondrá “uno de los mayores cambios de la última década en el sistema tributario”.
La transposición de la Directiva comunitaria 2020/285 introduce en nuestro país la posibilidad de que los autónomos se acojan “voluntariamente” a este régimen de franquicia, aclaran desde UPTA.
Solo podrán optar a la franquicia del IVA los autónomos con una facturación anual inferior a 85.000 euros, según se baraja en la mesa de negociación.
Estos autónomos dejarán de tener la obligación de emitir facturas con IVA; y por tanto no tendrán el deber de presentar las liquidaciones trimestral y anual de este impuesto, continúan desde UPTA.
Sin embargo, en sus compras, los autónomos seguirán abonando el IVA, como hasta ahora. Ahora bien, estos gastos “serán deducibles en la declaración del IRPF”, siempre que estén relacionados con su actividad, avanza la entidad.
Declaración anual sobre el umbral
“De esa manera se podrán obtener los rendimientos reales de la actividad para poder transponer los datos al nuevo sistema de cotización a la Seguridad Social, que ha entrado en vigor este año”, añaden desde la organización de autónomos.
La última reunión del grupo de trabajo en el que participan el Gobierno y las organizaciones de trabajadores por cuenta propia, además de los sindicatos, tuvo lugar en abril. Y queda pendiente el informe de conclusiones, así como su aprobación por parte de este grupo de trabajo.
La reforma, si se aprueba finalmente, “viene a facilitar las gestiones y relaciones de los autónomos con la Administración tributaria”, indica Eduardo Abad, presidente de UPTA.
A efectos del IVA, los autónomos tan solo tendrán que presentar una declaración anual o similar, donde la Agencia Tributaria pueda comprobar que efectivamente se hallan por debajo del umbral de facturación, en principio de 85.000 euros.
Eliminación gradual del sistema de módulos
El futuro sistema ofrecerá, según UPTA, mayor “objetividad” a la hora de apreciar los gastos deducibles que afrontan los autónomos, a fin de calcular los rendimientos netos.
Otra consecuencia será la eliminación del sistema de módulos, un “régimen obsoleto” de estimación del rendimiento neto, que “va a dejar de tener aplicabilidad práctica debido a las modificaciones que podrían producirse en el IVA”, añade Abad.
“Eso sí, en UPTA hemos propuesto que esta eliminación del régimen de módulos se produzca progresivamente en un período de tiempo no inferior a cinco años”, agrega el presidente de la entidad.
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