La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha analizado el proyecto normativo (PRD) que define las condiciones para ser director y responsable de las actividades técnicas en presas y embalses, previstas en el Real Decreto 264/2021 (IPN/CNMC/017/23). Este informe se emite a solicitud del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.
La CNMV destaca que el proyecto introduce una limitación que no existe actualmente: reservar a los ingenieros de caminos, canales y puertos la capacidad de realizar determinadas actividades profesionales en presas y embalses.
El estudio justificativo del Ministerio no analiza correctamente los riesgos de continuar con la regulación actual, ni identifica con claridad cuáles son las competencias y funciones exclusivas de estos profesionales. Esta asociación delimitaría qué funciones pueden llevar a cabo total o parcialmente otros titulados, además de los ingenieros de caminos, canales y puertos.
Además, la CNMC realiza las siguientes recomendaciones:
- La exigencia de colegiación obligatoria es provisional y transitoria, y deberá respetar el marco regulatorio nacional aprobado.
- Debería evaluarse la posibilidad de obtener las competencias requeridas a través de la experiencia profesional.
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