La Plataforma antiMorosidad avisa a Ferrovial que deberá pagar en 30 días

14/04/2023

diarioabierto.es. “Ferrovial precisamente no se ha caracterizado por pagar en plazo”, según el presidente de la Plataforma Multisectorial contra la Morosidad, Antoni Cañete.

La Plataforma Multisectorial contra la Morosidad (PMcM)  explica que Países Bajos ha puesto en marcha recientemente una ley pionera en la Unión Europea, por la que las grandes compañías tienen que pagar a sus proveedores que sean pymes a un plazo máximo de 30 días.

Esta medida afectará directamente a Ferrovial ya que tendrá que reducir considerablemente sus plazos de pago para cumplir con la nueva ley, no
solo porque la normativa neerlandesa es más restrictiva que la española —cuyo plazo de pago máximo es de 60 días—, sino también porque “Ferrovial precisamente no se ha caracterizado por pagar en plazo”, comenta el presidente de la PMcM, Antoni Cañete.

“En Países Bajos, donde hay una mejor cultura de pagos que en España,
Ferrovial no tendrá más remedio ahora que reducir sus plazos para cumplir con la
normativa neerlandesa: por fin pagará como debe”, recalca.

Para el presidente de la PMcM, es “una pena que nuestras empresas empiecen a pagar correctamente cuando salen de nuestro país. Necesitamos que haya ya en España un régimen sancionador que multe a las empresas morosas, y también sería ideal que se implantara en la UE dentro de la próxima revisión de la Directiva Europea, al menos en los países en los que, al igual que en España, existe un verdadero problema estructural con la morosidad”.

Según la nueva edición del “Informe sobre Morosidad: Estudio Plazos de Pago en España 2022” elaborado por la PMcM, el plazo medio de pago del sector privado se situó en 67 días, cifra superior a los 60 establecidos por la Ley 15/2010 para las empresas. Para el 55%, el tipo de cliente por tamaño de empresa que más tarda en pagarles son las grandes empresas (las que tienen una facturación superior a 50 millones€).

Cuando los encuestados son preguntados por cuánto tardan aproximadamente en pagarles sus clientes que son grandes empresas, el 75% declara que éstas superan el plazo legal: el 38% coincide en que lo hacen algo por encima del plazo legal (tardando entre 60 y 90 días), y el 37% señala que les pagan muy por encima de los plazos legales (más de 90 días). Solo el 25% de las grandes compañías les pagan dentro del plazo legal.

Aedaf denuncia un ataque a la libertad de empresa

«El Consejo Asesor Institucional de la Asociación Española de Asesores Fiscales, AEDAF, quiere manifestar su preocupación por los recientes acontecimientos acaecidos como consecuencia del anuncio realizado por una compañía privada de su propósito de ejercitar la libertad de establecimiento en el mercado interior de la Unión Europea, proclamada por el artículo 49 de su Tratado de Funcionamiento como uno de los pilares sobre los que se asienta la construcción de un espacio jurídico común y compartido en el Viejo Continente».

Ese anuncio «ha provocado una inaceptable reacción del Poder Ejecutivo, que siempre debe actuar con pleno sometimiento a la Ley y al Derecho (como declara el artículo 103.1 de la Constitución Española), a través de declaraciones, misivas y comunicaciones intimidatorias realizadas por miembros del Gobierno tratando de influir en los accionistas de esta sociedad, quienes deben adoptar una decisión soberana en su Junta General de Accionistas, cercenando así la libertad de empresa que, como
derecho constitucional, reconoce el artículo 38 de nuestro Texto Fundamental».

«Casan mal con el principio de cooperación leal exigido a los Estados miembros por el
artículo 4.3 del Tratado de la Unión Europea las veladas amenazas consistentes en
que, de ejercitar aquella libertad fundamental, la compañía puede enfrentarse a
actuaciones de la Agencia Estatal de Administración Tributaria con el fin de privarle, al
margen de toda otra consideración, del régimen de neutralidad fiscal establecido en el
Derecho derivado de la Unión (Directiva 2009/133/CE) e incorporado a nuestro
ordenamiento jurídico (artículos 76 y siguientes de la Ley 27/2014, del Impuesto sobre
Sociedades), poniendo así en entredicho la independencia de criterio y el compromiso
de la AEAT de actuar al servicio objetivo de los intereses generales, como así le exige
el indicado artículo 103.1 de la Constitución», concluye el comunicado de Aedaf.

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