El PSOE y Unidas Podemos han registrado una enmienda conjunta al proyecto de ley de la Autoridad del Cliente Financiero, actualmente en trámite parlamentario en el Congreso, para dotar de nuevas funciones supervisoras al Banco de España.
De esta forma, el Banco de España podrá recabar de las entidades financieras y de las personas sujetas a su función supervisora, así como a terceros a los que estas entidades hayan subcontratado actividades o funciones operativas, la información necesaria para comprobar el cumplimiento de la normativa de ordenación y disciplina.
Con el fin de que el Banco de España pueda obtener dichas informaciones, o confirmar su veracidad, las entidades y personas quedarían obligadas a poner a disposición del supervisor «cuantos libros, registros y documentos considere precisos», incluidos los programas informáticos, ficheros y bases de datos, sea cuál sea su soporte físico o virtual.
Las entidades tendrán obligación de habilitar, en el plazo que se fije para ello, los medios técnicos requeridos por el Banco de España para la eficacia de sus sistemas de comunicación electrónica, en los términos que este adopte al efecto.
Todas estas actuaciones podrán ser realizadas por el Banco de España sin previa notificación, y no será necesaria la revelación por parte de sus empleados de la condición de personal del supervisor, de forma que pueda conocer, verificar y obtener evidencia del cumplimiento de la normativa bancaria, así como de las prácticas de mercado llevadas a cabo por las entidades supervisadas en la comercialización y contratación de productos o servicios bancarios.
Adicionalmente, el Banco de España podrá solicitar la colaboración de expertos mediante la división de informes para la elaboración de estos informes. Los expertos designados, así como sus empleados, podrán actuar de forma anónima, sin revelar su actuación por cuenta del Banco de España.
Atención presencial en municipios de menos de 5.000 habitantes
Por otra parte, la enmienda conjunta de PSOE y Podemos plantea que, en los municipios de menos de 5.000 habitantes, los bancos garanticen la atención presencial, al menos, dos días laborables por semana con un mínimo de seis horas de atención al público cada uno de ellos.
También propone sistemas de atención preferente a las personas mayores en las oficinas bancarias durante un periodo mínimo de tres horas diarias. Para ello, en cada oficina presencial al cliente, habrá una persona que asuma el cargo de «gestor del mayor», con funciones específicas de asistencia a este colectivo en su interacción con la entidad.
Los bancos deberán contar con un servicio de atención telefónica personalizada sin coste adicional y que sea operativo durante todo el horario comercial enfocado en el colectivo de personas mayores.
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