Debido a la incertidumbre financiera actual y al alto diferencial del Euribor en comparación con hace unos meses es muy posible que este año comiencen a darse situaciones de impago en muchos préstamos hipotecarios. Ante esta situación, ¿qué puede hacer un hipotecado que crea estar en riesgo de impago próximamente?
Al hilo de esta problemática y anticipando esta posibilidad, el 1 de enero comenzó a aplicarse el Plan de Rescate Hipotecario que contempla diferentes medidas para paliar la fuerte subida del euríbor producida entre 2022 y el comienzo de 2023. Esas medidas se encuadran en tres pilares:
- modificación y actualización del Código de Buenas Prácticas;
- protocolo adicional para ayudar a las personas en riesgo de vulnerabilidad,
- y amortización anticipada de los préstamos y la conversión de hipotecas de tipo variable a tipo fijo.
El responsable del departamento de Análisis Hipotecario de Hipoo, Rafael Moral, avisa que “el Código de Buenas Prácticas no funciona como salvavidas ante un impago, sino que está a disposición de los hipotecados que, con previsión, observan que la subida del euríbor supone un importante recorte en su economía doméstica acorde y en función de su salario”.
Moral señala que el Código de Buenas Prácticas Bancario del año 2012 ha sufrido, de esta forma, “una actualización gracias a una mayor adhesión de entidades bancarias y la ampliación del concepto de vulnerabilidad fijado desde el año 2012” (se entienden como riesgo de exclusión, y en prolongación como riesgo de vulnerabilidad, rentas de hasta 29.400 euros brutos anuales, adicionalmente, junto con una carga hipotecaria del 30% sobre sus ingresos).
Dicha actualización, propuesta como “un nuevo Código”, tiene como objetivo beneficiar a familias con hipotecas firmadas antes del 31 de diciembre de 2022, cuyo peso hipotecario sea superior al 30% de sus ingresos. Dicho esto, y a tenor de la subida de los tipos de interés en los últimos meses, este peso se concreta que ha aumentado alrededor de un 20%. Por lo tanto, se sigue fijando el criterio de tasa de esfuerzo en un 40% para familias que hasta ahora ya estaban protegidas. Es decir, aquellas que dedican más del 50% de sus ingresos mensuales a pagar la hipoteca y con máximo de renta anual de 25.200 euros.
Otra nueva medida, y una opción más de cara al hipotecado, es la posibilidad de reestructurar la deuda con reducción del tipo de interés durante un plazo de tiempo de 5 años. “Esta medida se perfila a través de la variación del diferencial del tipo de interés ligado a la hipoteca siempre y cuando la tasa de esfuerzo supere el 50%. En el caso que dicha tasa de esfuerzo no fuera del 50%, se accedería a una carencia hipotecaria de 2 años” sostiene el experto de Hipoo.
Según Moral, “las medidas existentes pretenden solventar temporalmente un problema que, en muchas ocasiones, se genera desde que se formaliza la hipoteca, es decir, el sobreendeudamiento”. “Revestir de posible impago un sobreendeudamiento, nos hace ver que las exposiciones a riesgos no previstos en el momento del análisis de la solicitud hipotecaria afianzan la idea de tener que ser más exigentes en el proceso de análisis de riesgos y solvencia a largo plazo”, advierte.
El experto de Hipoo recalca que, “aventurarse a elevar a norma una situación particular podría conllevar consecuencias negativas para según qué hipoteca y según qué perfil de contratante”. De este modo, considera pertinente un análisis pormenorizado de cada hipoteca según las circunstancias de su firmante o firmantes, con el objeto de saber atajar con tiempo un posible impago. O lo que es lo mismo, tratar de interpretar correctamente cuándo y cómo adscribirse al Código de Buenas Prácticas como medida disuasoria frente imprevistos futuros de mayor calado.
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