
Eduardo Parra / Europa Press
En concreto, la CNMC tiene indicios de que se habría cometido una infracción del deber de colaboración contemplado en el artículo 39.1 de la LDC por entender que la empresa habría suministrado información incompleta, incorrecta, engañosa o falsa. Todo ello se habría producido en el marco de la tramitación de las diligencias previas relativas a la necesidad de notificación de la compra por parte de Xfera Móviles, S.A.U. (perteneciente al grupo MásMóvil) de la sociedad Ahí+. Los hechos habrían tenido lugar durante el año 2022.
La Ley de Defensa de la Competencia (artículo 62.3.c) tipifica como infracción grave no suministrar a la CNMC la información requerida o hacerlo de manera incompleta, incorrecta, engañosa o falsa.
La incoación de este expediente no prejuzga el resultado final de la investigación. Se abre ahora un período máximo de 3 meses para la instrucción del expediente y su resolución por la CNMC.
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