El DOUE de 21 de diciembre publica la Decisión (UE, Euratom) 2022/2518 del
Consejo de 13 de diciembre de 2022 por la que se modifica su Reglamento
interno. Entra en vigor el día de su publicación, siendo aplicable a partir del
1 de enero de 2023.
Cuando el Consejo de la UE adopta un acto por mayoría cualificada debe
comprobarse que los Estados miembros que constituyen la mayoría cualificada
representan como mínimo el 65% de la población de la UE.
Ese porcentaje se calcula con arreglo a las cifras de población que establece el
anexo III del Reglamento interno del Consejo de la UE.
Este Reglamento interno establece que, con efectos a partir del 1 de enero de
cada año, el Consejo de la UE ha de modificar las cifras establecidas en el
citado anexo con arreglo a los datos de que disponga la Oficina Estadística de
la Unión Europea a 30 de septiembre del año anterior.
Con una población de 47.432.805 habitantes, a España le corresponde el
10,6% del total de la UE.
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