Alargar el plazo de las hipotecas hasta siete años para reducir la cuota, pedir un período de carencia de hasta cinco años en el que solo se paguen intereses o, incluso, solicitar que se congele el pago de la cuota de la hipoteca durante 12 meses son algunas de las medidas “estrella” que contempla el paquete de ayudas a las hipotecas acordado entre el Gobierno y la banca para aliviar a los afectados por la subida del Euribor.
Las medidas serán distintas en función del nivel de renta de los hogares y se complementarán con otras iniciativas adicionales, como la eliminación –durante 2023- de las comisiones por cambio de hipoteca variable a fija y por amortización anticipada.
¿Quién podrá pedir las ayudas a las hipotecas?
Las ayudas a las hipotecas estarán disponibles para tres tipos de consumidores:
● Aquellos que formen parte de una unidad familiar con ingresos inferiores a 25.200€ (es decir, tres veces el IPREM o Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples tras su revisión de enero de 2023), dediquen más del 50% de sus ingresos al pago de su hipoteca y hayan visto como la cuota de su préstamo ha subido más del 50%.
● Aquellos que formen parte de una unidad familiar con ingresos inferiores a 25.200€ y dediquen más del 50% de sus ingresos mensuales al pago de su hipoteca (pero no hayan experimentado una subida del 50% en la cuota).
● Aquellos que formen parte de una unidad familiar con ingresos inferiores a 29.400€ (es decir, tres veces y media el IPREM) y hayan visto como la cuota de su préstamo ha subido más del 20%.
¿En qué consisten las ayudas a las hipotecas aprobadas por el Gobierno?
Las ayudas a las hipotecas aprobadas por el Gobierno incluyen, entre otras medidas, iniciativas que permiten reducir temporalmente la cuota que el consumidor paga cada mes, como la posibilidad de pedir un período de carencia de capital de hasta cinco años –en el que solo se paguen intereses-, la opción de alargar el plazo de amortización hasta siete años o la congelación de la cuota durante 12 meses: es decir, una carencia de capital e intereses.
Ahora bien, éstas se articulan en tres paquetes de medidas en función de los ingresos del hogar y el impacto que haya tenido en su economía la subida del Euribor.
Los hogares con ingresos inferiores a 25.200€, más del 50% de sus ingresos dedicados al pago de su hipoteca y un aumento del esfuerzo hipotecario de más del 50% podrán acogerse a varias ayudas:
● Pedir un período de carencia de capital de hasta cinco años. En este período solo se pagarían intereses y, además, estos estarían bonificados a euríbor-0,10% (a día de hoy eso supondría pagar un interés del 2,529%).
● Solicitar la dación en pago, es decir, entregar la vivienda para dar por saldada la deuda con el banco. Esta opción ya existía, pero el plazo para poder pedirla se alarga a dos años.
● Posibilidad de pedir una segunda reestructuración de la deuda, aunque no se ha detallado si se haría a través de una carencia o de alguna otra manera.
Para los hogares con ingresos inferiores a 25.200€ y más del 50% de sus ingresos dedicados al pago de su hipoteca, las ayudas a hipotecas disponibles serán:
● Pedir un período de carencia de capital de hasta dos años. En este período solo se pagarían intereses y, además, estos estarían bonificados, pero no se ha detallado en qué medida.
● Alargar el plazo de devolución hasta siete años para reducir la cuota mensual.
Los hogares con ingresos inferiores a 29.400€, más del 50% de sus ingresos dedicados al pago de su hipoteca y un aumento del esfuerzo hipotecario de más del 50% podrán pedir las siguientes ayudas:
● Una congelación de la cuota de 12 meses: es decir, un período de carencia en el que no se pague ni capital ni intereses.
● Una reducción de los intereses, aunque no se ha detallado en qué medida ni durante cuánto tiempo.
● Alargar el plazo de devolución hasta siete años para reducir la cuota mensual.
Otras medidas adicionales
Más allá de las medidas específicas en función de los ingresos del hogar, el Gobierno ha aprobado una medida adicional que solo estará vigente en 2023: la eliminación de la comisión por amortización anticipada y de la que se aplica por cambiar de hipoteca variable a fija.
En el caso de las comisiones por amortización anticipada, desde la aprobación de la ley hipotecaria, las entidades no pueden cobrar más de:
● En las hipotecas variables: un 0,25% durante los tres primeros años y nada a partir del cuarto (o un
0,15% durante cinco años y nada a partir del sexto).
● En las hipotecas fijas: un 2% durante los 10 primeros años y un 1,5% a partir del undécimo.
En lo que respecta a la comisión por cambio de hipoteca variable a fija, este cargo ya se limitó con la entrada en vigor de la nueva ley hipotecaria. La normativa establecía que, tanto las novaciones (negociar un cambio de interés con tu actual banco) como las subrogaciones (cambio de banco para cambiar el interés) destinadas a cambiar del tipo variable al fijo no podrían tener un cargo superior al 0,15% del capital restante durante los tres primeros años (y del 0% a partir del cuarto). A este cargo, eso sí, hay que sumar el coste de la nueva tasación (entre 200 y 400 euros) que es imprescindible en el caso de la subrogación y que no se prevé eliminar con la aprobación de las nuevas ayudas a las hipotecas.
Tampoco hay que olvidar que muchas entidades no aceptan la subrogación, sino que proponen al cliente cancelar su actual hipoteca (variable) y abrir una nueva a tipo fijo. En ese caso, habría que abonar los gastos de cancelación y formalización del nuevo préstamo de forma íntegra, ya que las ayudas a las hipotecas aprobadas por el Gobierno no se podrían aplicar.
¿Cómo se articularán las ayudas a las hipotecas?
Las ayudas a las hipotecas se articularán de dos maneras distintas:
● Mediante una actualización del Código de Buenas Prácticas de 2012, que ya contemplaba ayudas para los clientes más vulnerables y que, por su situación económica, corrieran el riesgo de incurrir en un impago de su cuota. En ese caso, el Código de Buenas Prácticas de 2012 ya contemplaba soluciones, como la posibilidad de reestructurar la deuda, de conseguir una quita o, incluso, de que se pudiera entregar la vivienda quedando cancelada la deuda (dación en pago).
● Mediante la creación de un nuevo Código de Buenas Prácticas, que será en el que se incluyan las medidas para quienes ganen menos de tres veces y media el IPREM (29.400 euros).
¿Tendrán que ofrecer todos los bancos las ayudas a las hipotecas?
No, al igual que sucede con el Código de Buenas Prácticas de 2012, esta revisión–y el nuevo código de buenas prácticas acordado- serán de aplicación voluntaria para la banca. Además, podrán establecer todas las medidas adicionales que consideren oportunas, más allá de las
acordadas con el Ejecutivo.
¿Cuánto tiempo se podrá alargar el plazo de una hipoteca para reducir la cuota?
Las nuevas ayudas a las hipotecas contemplan la posibilidad de alargar el plazo de las hipotecas hasta siete años. A esta medida podrán acogerse:
● Los hogares con ingresos inferiores a 25.200 euros y más del 50% de sus ingresos dedicados al pago de su hipoteca.
● Los hogares con ingresos inferiores a 29.400 euros, más del 50% de sus ingresos dedicados al pago de su hipoteca y con un aumento del esfuerzo hipotecario de más del 50%.
¿Cuánto se reducirá la cuota alargando el plazo de una hipoteca?
Para una hipoteca media en España, alargar el plazo de una hipoteca siete años más permitiría reducir la cuota en un 34%, según cálculos de Kelisto.es. Se pasaría de una cuota de 674,26 euros a una de 446,46 euros, lo que supondría una reducción de 227,8 euros al mes (2.733,6 euros al año).
¿Cuánto se encarecerá el coste de las hipotecas por alargar el plazo?
Alargar el plazo de una hipoteca –como parte de estas ayudas o fruto de una negociación individual con el banco- siempre supone un encarecimiento de la misma. Al fin y al cabo, tardar más años en pagar la deuda implica –de una forma u otra- que el cliente pague más intereses. Para una hipoteca media en España, cuyo plazo se alargara siete años, el total de intereses a pagar aumentaría un 72%, según cálculos de Kelisto: el hipotecado acabaría pagando 21.076,26 en concepto de intereses, frente a los 12.277,41 euros iniciales (esto son 8.798,9 euros más).
Alargar el plazo de una hipoteca implica realizar una novación, un cambio de condiciones del préstamo. Esta operación implica el pago de varios gastos, cuya factura final rondaría los 242 euros:
● Comisión por novación: limitada al 0,1% de la deuda si la novación sirve para cambiar el plazo. Para una hipoteca media en España, el coste sería de unos 72 euros.
● Gastos de notaría y registro: están bonificados y rondarían los 170 euros.
● Impuesto de Actos Jurídicos Documentados: las novaciones para alargar el plazo de una hipoteca están exentas del pago de este tributo.
¿Cuánto se reducirá la cuota al pedir una carencia?
Todo depende de la duración de la carencia, de si se trata de una carencia de capital (en la que solo se pagan intereses) o de capital e intereses (no se paga nada) y de si se efectúa una rebaja en el interés aplicado durante este período, tal y como contemplan las nuevas ayudas a las hipotecas (el interés sería de Euribor-0,10%).
Según cálculos de Kelisto para una hipoteca media en España (y sin tener en cuenta las rebajas en el interés que se aplicarían), una carencia permitiría reducir la cuota entre 490,6 y 674 euros al mes. La rebaja oscilaría entre el 72,8% y el 100% de la cuota original.
¿Cuánto se encarecerá el coste de las hipotecas al pedir una carencia?
Pese a ser una buena solución para aliviar temporalmente el impacto de una hipoteca sobre las finanzas del hogar, la carencia tiene dos puntos negativos: el primero es que, una vez finalizada la carencia, la cuota será superior a la que inicialmente tenía el hipotecado; el segundo, que el total de intereses que habrá que abonar al banco se incrementará, ya que el plazo de amortización también habrá aumentado.
Para una hipoteca media en España, y dependiendo del tipo de carencia elegido –de las tres opciones que contemplan las nuevas medidas- el impacto de pedir este tipo de ayudaría sería el siguiente:
● La cuota de la hipoteca subiría entre 83 y 523 euros al mes (es decir, entre un 12% y un 78%) al finalizar la carencia.
● El total de intereses a pagar al banco aumentaría entre 1.362 y 5.067 euros, es decir, entre un 11% y un 41%.
Para poder disfrutar de una carencia hipotecaria –al igual que para alargar el plazo de una hipoteca- es necesario realizar una novación, es decir, un cambio de condiciones del préstamo. Para una hipoteca media en España, el coste de la operación se situaría en torno a los 242 euros, que se reparten de esta forma:
● Comisión por novación: limitada al 0,1% de la deuda si la novación sirve para cambiar el plazo, como ocurre con una carencia. Para una hipoteca media en España*, el coste sería de unos 72 euros.
● Gastos de notaría y registro: están bonificados y rondarían los 170 euros.
● Impuesto de Actos Jurídicos Documentados: las novaciones para alargar el plazo de una hipoteca están exentas del pago de este tributo.
¿Cuánto me costará cambiar de una hipoteca variable a una fija si puedo acogerme a las nuevas ayudas?
Con la entrada en vigor de las nuevas ayudas a las hipotecas, los bancos no podrán cobrar ninguna comisión por cambiar de hipoteca variable a fija: no podrán aplicar el máximo del 0,15% durante los tres primeros años que permitía la ley (a partir del cuarto ya se contemplaba que no se podría cobrar nada). Para una hipoteca media en España, esto supondría un ahorro de 109,02 euros.
Lo que sí que habrá que seguir pagando –en caso de que el cambio se haga mediante subrogación- es el coste de la nueva tasación que habría que realizar, que puede situarse entre los 200 y los 400 euros.
Si no puedo acogerme a las ayudas, ¿cuánto me cuesta cambiar de una hipoteca
variable a fija?
Cambiar de hipoteca variable a fija se puede hacer de tres maneras distintas: de más cara a más barata, el consumidor puede optar por una novación (es decir, negociando el cambio con tu propio banco), una subrogación (cambiando de banco) o por cancelar la hipoteca y contratando una nueva. El coste de la subrogación ya se redujo con la aprobación de la nueva ley hipotecaria de 2019.
En los casos en los que la novación o la subrogación sirviera para cambiar el tipo variable por el fijo, la normativa contemplaba que el banco no podría cobrar una comisión de más de un 0,15% durante los tres primeros años y nada a partir del cuarto. A eso solo habría que sumar –en el caso de la subrogación- el coste de la nueva tasación que habría que realizar para que la operación pudiera efectuarse (entre 200 y 400 euros).
Si no puedo acogerme a estas ayudas, ¿tengo otras alternativas?
Por supuesto. Antes de que se aprobaran las ayudas a las hipotecas, en el mercado ya existían mecanismos con los que el usuario podía reducir el coste de su hipoteca, aunque no todos cuestan lo mismo ni son igual de convenientes para todos los perfiles.
1. Cambiar de hipoteca variable a fija
Cambiar una hipoteca variable a fija no recortará la cuota de tu hipoteca –es más, incluso podría subir ligeramente-, pero sí te garantiza estabilidad total: evitará que tengas que volver a estar pendiente del Euribor. El coste de esta operación depende de lo que diga tu contrato y de la fórmula que uses para hacerlo (novación, subrogación o cancelación y apertura de una nueva).
Por ejemplo, para una hipoteca pendiente de 100.000 euros contratada hace dos años, con la opción más barata (la novación), tendrías que abonar 150 euros, con la intermedia (la subrogación), 450 euros, y con la más cara (cancelar y abrir un nuevo préstamo), 1.024 euros.
2. Alargar el plazo de la hipoteca
Alargar el plazo de una hipoteca no es más que un tipo de ampliación de hipoteca. Este trámite ya podía realizarse antes de que se aprobaran las ayudas a los hipotecados –se efectúa mediante una “novación” o cambio en las condiciones de tu contrato-, pero implica una serie de gastos y de exigencias que debes tener en cuenta:
● En lo que respecta a los gastos de alargar el plazo de una hipoteca, si el cambio solo afecta al plazo de devolución, los gastos de la operación son algo más baratos de lo habitual: por un lado, te librarás de pagar el Impuesto de Actos Jurídicos Documentados y, por otro, la comisión por novación que te podrá cobrar tu banco estará limitada y nunca podrá sobrepasar el 0,1% de la deuda que tengas pendiente.
● En lo que respecta a los requisitos que deberás cumplir para que tu entidad de luz verde a la operación, las entidades suelen requerir que sus clientes están al corriente de todos los pagos, que no tengan un nivel de endeudamiento excesivo, que tengan una situación laboral estable y –en algunos casos- que se disponga de un aval para responder en caso de no poder afrontar los pagos.
En cualquier caso, debes tener en cuenta que alargar el plazo de una hipoteca –dentro o fuera de las ayudas aprobadas por el Gobierno- supone un alivio para tu cuota, pero a la larga te obligará a pagar más intereses: así, para una hipoteca media en España, alargar la hipoteca cinco años permitiría reducir la cuota mensual en un 27% (184 euros menos al mes), pero aumentaría los intereses totales que se acabarían pagando al banco en un 50% (6.230 euros más al mes).
3. Negociar una carencia
Pedir una carencia de hipoteca con el banco te permitirá –durante un tiempo- reducir la cuota que pagas cada mes. ¿Cuánto? Depende de la fórmula elegida: con una carencia de hipoteca total dejarás de pagar la cuota de la hipoteca en su totalidad, no se paga capital ni intereses durante el tiempo acordado (es una solución muy similar a la moratoria de hipotecas por la covid-19 que se puso en marcha en 2020).
En cambio, con una carencia de hipoteca parcial, no se devolverá temporalmente al banco el capital, pero sí se pagarán intereses.
Ahora bien, al igual que ocurre cuando decides alargar el plazo de una hipoteca, una carencia de hipoteca también tiene sus desventajas:
● La cuota que pagarás una vez termine el período de carencia será ligeramente superior a la que pagabas inicialmente.
● El coste final de la hipoteca con carencia aumentará, ya que se incrementa el plazo de devolución y, por tanto, los intereses que deberás abonar al banco.
● Tendrás que pagar gastos por la novación, que es el trámite que hay que efectuar para cambiar las condiciones o realizar la ampliación de tu hipoteca y, por tanto, poder ejecutar la carencia.
● Cada banco puede establecer ciertos requisitos para poder pedir una carencia de hipoteca: por ejemplo, que hayas pagado ya un número de cuotas, que no te quede menos de cierto tiempo para liquidar tu deuda o que contrates más productos vinculados. Incluso, te podría subir el interés que te cobra durante ese período.
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