La justicia Suiza concede medidas cautelares ante el laudo impugnado por Gas Natural

10/11/2010

diarioabierto.es.

El Tribunal Federal de Suiza ha concedido una medida cautelar en relación con el laudo dictado, sobre la controversia que mantienen Gas Natural Fenosa y Sonatrach por la revisión de precio de los contratos de suministro de gas que recibe de Argelia la multinacional española a través del gasoducto Magreb-Europa.

De este modo, el laudo queda suspendido hasta que dicho Tribunal decida sobre la impugnación presentada por Gas Natural Fenosa.

Gas Natural Fenosa y Sonatrach están manteniendo negociaciones sobre las revisiones de precio previstas en dichos contratos, de las que se espera un resultado beneficioso para ambas partes que zanje definitivamente la mencionada controversia.

Revisión de los precios aplicados desde 2007

El laudo dictado por la corte de arbitraje de París se refiere a la revisión de los precios aplicados desde 2007 por los contratos de suministro de gas que recibe Gas Natural Fenosa de Argelia a través del gasoducto Magreb-Europa.

Gas Natural Fenosa indicó a comienzos de octubre que, en el peor de los escenarios posibles, la aplicación del laudo podría reducir en un máximo de 450 millones su resultado consolidado después de impuestos en 2010. Este recorte máximo se produciría si no prosperase ninguna de las medidas legales emprendidas ni la revisión de precios solicitada.

«Laudo abusivo»

La compañía española consideró este laudo «abusivo, desproporcionado y muy alejado de las condiciones reales del mercado», y por este motivo no sólo emprendió acciones legales, sino que solicitó la revisión de precios de los contratos.

Recientemente, el consejero delegado de Gas Natural Fenosa, Rafael Villaseca, advirtió de que, si no se produce un «acuerdo razonable» y se «consolida el nivel de precios del laudo», la revisión afectará a la Tarifa de Último Recurso (TUR) de gas.

Además, explicó que el laudo afecta sólo al 10% del Ebitda y que el litigio con Sonatrach se refiere a dos contratos de 6 y 3 bcm (millones de metros cúbicos) de gas al año cuyo vencimiento está fijado en 2021 y 2020, respectivamente.

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